La llegada del año nuevo trae nuevas reglas en la política de cookies

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Autor: Gestiona

La Agencia Española de Protección de Datos ha publicado una versión actualizada de su Guía sobre el uso de cookies en la que se recogen las novedades sobre esta materia que deben ser adoptadas antes del 11 de enero de 2024.

Entre las novedades más relevantes se encuentran:

– La información sobre cookies debe ser concisa, transparente e inteligible, de forma que pueda ser entendida por el usuario medio que acceda al contenido de la página web.

Esta información debe definir qué son estos archivos, su función, datos sobre el tipo de cookies que se emplean, su finalidad, quién va a tratar esos datos, instrucciones sobre cómo aceptar, denegar o revocar el consentimiento, si se van a realizar transferencias internacionales de los datos y el tiempo durante el que se va a conservar la información.

Utilización de un lenguaje claro y sencillo, evitando el uso de frases que induzcan a confusión o desvirtúen la claridad del mensaje. Por ejemplo, no se deben usar frases como “usamos cookies para personalizar su contenido y crear una mejor experiencia para usted”. También debe evitarse el empleo de términos como “puede”, “a menudo” o “posible”.

–  La información ha de ser de fácil acceso para el usuario, que debe saber cómo y dónde acceder a ella. En el caso de que un usuario preste su consentimiento para el uso de cookies, la información debe seguir siendo fácilmente accesible en la página web.

Implantación de la información por capas, de modo que permita al usuario ir a aquellos aspectos de la declaración o aviso que sean de mayor interés para él y ello sin perjuicio de que la totalidad de la información se encuentre disponible en un único lugar o documento.

En este ámbito adquiere especial relevancia lo relativo a los banners de cookies, esto es, los avisos que saltan cuando se accede a una página web en la que se informa sobre la utilización de cookies y se pide el consentimiento del usuario. La Agencia exige a las empresas que incorporen un botón de Rechazar todo o algún mecanismo similar que permita a los visitantes de la web dar su negativa hacia todo tipo de información que se pueda recoger y cualquiera que sea su finalidad. La Agencia especifica que esa opción no debe configurarse de forma que resulte menos atractiva, aparezca oculta o pueda inducir a error para que se acepten las cookies.

– En la Guía, la Agencia recoge la posibilidad de denegar el acceso al servicio en caso de que el usuario rechace las cookies, siempre que se le informe adecuadamente y se le ofrezca una alternativa, no necesariamente gratuita, de acceso al servicio sin necesidad de la aceptación de las cookies.

Estos cambios son relevantes, especialmente si se tiene en cuenta que la normativa española prevé sanciones cuantiosas por el incumplimiento de las obligaciones en materia de protección de datos y, en concreto, las relacionadas con las cookies.

Si necesitas ayuda, contacta con nosotros en consultas@gestiona.es

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