El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas mediante la Orden HAP/347/2016, de 11 de marzo, eleva a 30.000 euros el límite exento de la obligación de aportar garantías en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de deudas derivadas de tributos cedidos, cuya gestión recaudatoria corresponda a las Comunidades Autónomas.
Con esta medida, se equipara el límite exento, con el establecido para los aplazamientos y fraccionamientos de deudas derivadas de tributos con el Estado, aprobado en octubre de 2015.
La presente orden entra en vigor el día 18/03/2016. Las solicitudes que se encontraran en trámite a dicha fecha, se regirán por la normativa vigente a la fecha de presentación de la correspondiente solicitud.