Modificaciones en la Ley del Impuesto de Sociedades

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Las principales novedades introducidas por la nueva Ley 27/2014 del Impuesto de Sociedades que afectan al año 2015 son la […]

Autor: Gestiona

Las principales novedades introducidas por la nueva Ley 27/2014 del Impuesto de Sociedades que afectan al año 2015 son la aparición de las reducciones en la base imponible del impuesto si se cumplen una serie de requisitos y siempre que se doten unas reservas indisponibles durante los cinco años siguientes.

La reducción del 10% por reserva de capitalización se aplica si se ha producido durante el año en curso un aumento de los fondos propios de manera voluntaria en la empresa y siempre con el límite del 10% del resultado del ejercicio anterior. Obliga a dotar una reserva indisponible durante cinco años y si no se cumplen los requisitos, habrá que devolver esa cuota dejada de ingresar a hacienda con intereses de demora.

La reducción del 10% por reserva de nivelación sólo se la aplican las empresas de reducida dimensión y obliga también a dotar una reserva indisponible durante cinco años. Esta reducción se aplica si se piensa que durante los cinco años siguientes vamos a declarar pérdidas y supone diferir en un 10% el importe del impuesto. Si realmente en los cinco años posteriores tenemos pérdidas compensamos  esta reducción, si resulta que no declaramos pérdidas, nos toca pagar esa cuota dejada de ingresar con intereses de demora.

Además se elimina el límite temporal de 18 años para compensar las bases imponibles negativas y no se establece límite temporal ninguno.

Se permite expresamente la deducibilidad fiscal de las atenciones a clientes con el limite de hasta el 1 por ciento del importe neto de la cifra de negocios.

Otra modificación importante se producen con respecto a la modificación de la regla específica de valoración para las operaciones de los socios con sus sociedades profesionales que pasa de ser el 85% del resultado previo a la deducción de las retribuciones correspondientes a la totalidad de los socios-profesionales por la prestación de sus servicios, a ser del 75% siempre cumpliendo además unos requisitos que no se han modificado con la nueva Ley.

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