¿Quiénes pueden solicitar estas ayudas?
Las presentes subvenciones pueden ser solicitadas por autónomos y empresas.
Requisitos para los solicitantes
- Desarrollar su actividad empresarial en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
- Tener menos de 500 trabajadores.
- Acreditar el cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad (Real Decreto 364/2005).
Actuaciones subvencionables
Se subvenciona la novación de contratos que suponga un ascenso profesional indefinido. Si el contrato anterior era temporal, debe convertirse en indefinido.
Condiciones específicas de la actuación
- Debe realizarse en centros ubicados en Castilla y León.
- No puede haber interrupción entre el contrato anterior y el nuevo.
- Debe realizarse entre el 1 de noviembre de 2023 y el 30 de septiembre de 2024.
- Debe implicar un incremento salarial bruto de al menos 1.400 € (ajustado si es a tiempo parcial, con reducción o fijo discontinuo).
- El incremento debe derivarse de un cambio de categoría o grupo profesional según convenio colectivo.
- La trabajadora no puede estar afectada por un ERTE en el momento del ascenso ni durante el año siguiente.
- El contrato resultante debe mantenerse al menos durante 1 año.
Gastos subvencionables
El gasto subvencionable será el incremento salarial derivado del ascenso o promoción profesional de la mujer trabajadora.
Cuantía de las ayudas
- Ayuda base: 2.000 €.
- Hasta 2.800 € si el puesto se encuentra en sectores con baja representación femenina.
- En contratos a tiempo parcial o similares, la ayuda se ajustará proporcionalmente.
- En caso de varias solicitudes por parte de la misma empresa:
- 1ª solicitud: 100% del importe.
- 2ª solicitud: 80%
- 3ª solicitud: 60%
- A partir de la 4ª: 40%
Cobro de la subvención
El pago se efectuará tras la presentación y validación de la justificación correspondiente.
Plazo para presentar la solicitud
Las solicitudes se podrán presentar hasta el 30 de octubre de 2024.
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