El Ayuntamiento de Valladolid aprueba la convocatoria de ayudas directas a Autónomos y PYMES de Valladolid

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Autor: Gestiona

El Ayuntamiento de Valladolid aprueba la convocatoria de ayudas directas a Autónomos y PYMES de Valladolid

La Junta de Gobierno del Ayuntamiento ha aprobado la convocatoria de ayudas directas dirigidas a autónomos y pymes de la ciudad de Valladolid que se hayan visto afectados por el Covid19, con el objetivo de dinamizar la economía de la ciudad. Inicialmente, se ha asignado una cantidad de 2 millones de Euros que podría incrementarse hasta los 5 millones de Euros.

¿Cuáles son las bases de estas ayudas? Te ofrecemos un pequeño resumen:

  • ¿Quién puede solicitar estas Ayudas? Autónomos y Pymes que REALICEN UNA ACTIVIDAD ECONÓMICA EN LA CIUDAD DE VALLADOLID. Por lo tanto, podrán ser beneficiarios tanto las personas físicas, como sociedades civiles, comunidades de bienes y entidades sin personalidad jurídica, como las personas jurídicas, (Sociedades).
  • ¿Qué requisitos deberán acreditar? Los siguientes:
  1. Que su plantilla no supere los 20 empleados.
  2. Que, desde antes del 14 de marzo de 2020, ejerzan su actividad económica y tengan su centro de trabajo en la ciudad de Valladolid.
  3. Que sigan de alta a la fecha de presentación de la solicitud.
  4. Que estén al corriente de sus obligaciones tributarias y de seguridad social.
  5. Que su actividad económica se haya visto afectada por la declaración del estado de alarma y las medidas extraordinarias adoptadas en lucha contra el Covid 19.
  • ¿En qué se traduce que la actividad económica se haya visto afectada? En los siguientes supuestos:
  1. Suspensión de la apertura al público de locales y establecimientos.
  2. Suspensión de actividades, para aquellos beneficiarios que no tienen establecimiento permanente.
  3. Reducción de su volumen de facturación de al menos un 60% en el mes de abril de 2020, en relación, en relación a la media de volumen de ingresos de la actividad económica del primer trimestre de 2020.
  • ¿Existen obligaciones para los beneficiarios? , las siguientes:
  1. Mantener la actividad económica durante al menos seis meses, como mínimo, a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución de concesión de la subvención.
  2. Mantener el 100% de la plantilla declarada de trabajadores por cuenta ajena que tuviera en la fecha de entrada en vigor del estado de alarma, al menos durante seis meses, a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución de concesión de la subvención.
  • ¿Cuál será la cuantía de las ayudas? Las siguientes:
  1. Trabajadores autónomos, entidades sin personalidad y personas jurídicas, sin trabajadores y sin establecimiento permanente: 750 euros.
  2. Trabajadores autónomos, entidades sin personalidad y personas jurídicas, sin trabajadores y con establecimiento o local abierto al público: 2000 euros.
  3. Autónomos, Empresas o entidades sin personalidad jurídica con hasta 5 trabajadores, bien por cuenta ajena o como autónomos societarios o colaboradores, con establecimiento o local abierto al público: 3000 euros.
  4. Autónomos, Empresas o entidades sin personalidad jurídica con entre 6 y 20 trabajadores, bien por cuenta ajena o como autónomos societarios o colaboradores, con establecimiento o local abierto al público: 4000 euros.
  • ¿Estas ayudas son compatibles con otras ayudas públicas? Las ayudas serán INCOMPATIBLES con las que se puedan obtener de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, para la misma finalidad, siendo la finalidad de las presentes ayudas, fomentar el mantenimiento del empleo por cuenta propia y ajena en el proceso de reactivación económica.
  • ¿Qué sucede si se producen incumplimientos? La convocatoria prevé el régimen aplicación a los incumplimientos, con reintegros y devoluciones, estableciéndose infracciones y sanciones.
  • ¿Cuándo se pueden solicitar? El plazo ha sido ampliado, recientemente, y ahora será de 20 días hábiles a contar desde el 22 de junio de 2020.

Si estás interesado en estas subvenciones, contacta con nosotros y te ayudaremos.

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