Principales dudas en la Campaña de la Renta 2020

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Durante este primer mes de la campaña de IRPF 2020, en Gestiona hemos recibido una serie de dudas recurrentes, sobre […]

Autor: Gestiona

Durante este primer mes de la campaña de IRPF 2020, en Gestiona hemos recibido una serie de dudas recurrentes, sobre las que en este post intentaremos arrojar algo de luz: ERTEs, Ingreso Mínimo Vital, criptomonedas o subvenciones COVID entre otras.

Problemas con las prestaciones de los ERTE y el SEPE

Reiterando la información ya publicada, nuestra recomendación y la de la AEAT cuando ha habido alguna discrepancia en el cobro de las prestaciones es esperar al final de la campaña para que se produzca la actualización de los datos fiscales con las cantidades correctas.

Ingreso Mínimo Vital

Con la finalidad de reducir la fiscalidad de los beneficiarios del IMV se declara su exención en el IRPF en las mismas condiciones que el resto de las prestaciones monetarias públicas de carácter social, sin perjuicio de la obligación de declarar el impuesto que incumbe a sus perceptores.

Operaciones con criptomonedas

Los beneficios generados en dichas operaciones constituyen rentas sujetas a IRPF, con la calificación de ganancias patrimoniales, que deben de incluirse en el apartado de “Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de otros elementos patrimoniales”

Declaración conjunta y custodia compartida

Cualquiera de los dos progenitores puede optar por la tributación conjunta. Debe recordarse, no obstante, que nadie podrá formar parte de dos unidades familiares al mismo tiempo, y por tanto sólo uno puede presentar declaración conjunta.

Rentas Inmobiliarias de un inmueble ocupado ilegalmente

En el caso de inmuebles vacíos que son ocupados ilegalmente por terceros en contra de la voluntad del propietario, y siempre que se hubiera iniciado el correspondiente procedimiento judicial de desahucio, operaría la exclusión del régimen de imputación de rentas inmobiliarias previsto en el artículo 85.1 LIRPF.

Donaciones y pérdidas patrimoniales

Las pérdidas patrimoniales que se pudieran producir a un contribuyente como consecuencia de la donación de un elemento patrimonial no podrán computarse al realizar la liquidación del Impuesto, por lo que no se podrán compensar las pérdidas patrimoniales que deriven de la donación de elementos patrimoniales con las ganancias patrimoniales que el contribuyente haya podido obtener.

Subvención COVID para autónomos de las CCAA

La subvención percibida de la Comunidad Autónoma, en la medida en que no tiene encaje en otros conceptos del Impuesto y tiene por objeto compensar la disminución de ingresos obtenidos en la actividad económica, tiene en el ámbito del IRPF, la calificación de rendimientos de actividades económicas, conforme lo dispuesto en el artículo 27.1 de la Ley 35/2006.

Prestaciones extraordinarias/ordinarias de cese percibidas por los autónomos de las Mutuas

Se califican como rendimientos del trabajo.

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