El equipo de abogados de Gestiona ha conseguido una indemnización superior a los 60.000€ tras pasar por el Tribunal Supremo
El supuesto es el siguiente: Trabajador despedido por una empresa en concurso de acreedores, quien no paga la totalidad de la indemnización debida, ¿Qué sucede con las cantidades pendientes? ¿Pueden ser reclamadas a un tercero?
El equipo de abogados de Gestiona ha conseguido que los adquirentes de la unidad productiva de una empresa respondan del pago de la indemnización a la que había sido condenada la empresa inicial, que fue declarada en concurso de acreedores. De esta manera, nuestro cliente ha sido indemnizado con más de 60.000€. Julio Benito del Campo explica el caso.
¿Se puede reclamar al adquirente de una unidad productiva por las deudas laborales anteriores?
Sí, es lo que se denomina reclamación por sucesión de empresa. En el caso de nuestro cliente, la empresa condenada a pagar la diferencia por despido improcedente entró en concurso de acreedores y, después de que dos empresas adquirieran la unidad productiva de la primera, se les reclamó la cantidad adeudada. Al negarse a abonar esa cantidad reclamada, se procedió a una nueva demanda por sucesión de empresa.
¿Cómo consiguió que el cliente cobrase después de que la empresa se acogiese al concurso de acreedores?
Como he comentado, dos empresas adquirieron la unidad productiva de la demandada. De este modo, iniciamos las reclamaciones contra las adquirentes para que se hicieran cargo de la indemnización pendiente de pago a nuestro cliente, antiguo trabajador de la unidad productiva enajenada, con base en el criterio establecido por el Tribunal Supremo. El procedimiento pasó por el Juzgado de lo Social de Valladolid, la sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León y, finalmente, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, última instancia a la que acudieron las dos reclamadas.
A la reclamación por despido improcedente a tenor de su responsabilidad por sucesión de empresa. Estas nuevas protagonistas negaron su responsabilidad y recurrieron la sentencia al Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. En esta segunda instancia, una vez más el Juez dio la razón al cliente de Gestiona. Sin embargo, las dos nuevas propietarias recurrieron de nuevo, en esta ocasión, al Tribunal Supremo, que ratificó las sentencias previas
¿Se procedió entonces al pago?
No, aún tuvimos que luchar un poquito más. Cuando ya parecía un caso cerrado, una de las dos empresas que habían adquirido la unidad productiva, alegó que se encontraba en concurso de acreedores, solicitando que le fuera devuelta la indemnización que había tenido que consignar para acudir en casación ante el Tribunal Supremo.
¿Cuál fue el resultado final?
Que el TSJ rechazó, por dos veces, los recursos presentados por los contrarios y, nuestro cliente, después de varios años, consiguió cobrar lo que en Derecho merecía.
Desde nuestro despacho llevamos varios años especializados en este tipo de procedimientos, y hemos conseguido que varios de nuestros clientes cobren unas indemnizaciones que, en principio, no esperaban percibir.
Si tienes cualquier duda, o te encuentras en una situación similar, envíanos un correo a consultas@gestiona.es, (el estudio de viabilidad es gratuito).