los arrendamientos después de la nueva ley de vivienda

Nueva Ley de Vivienda 2024: Lo que debes saber

¿Qué implica la nueva Ley de Vivienda para propietarios e inquilinos?

Desde hoy entra en vigor la nueva Ley de Vivienda, que introduce importantes cambios en los contratos de alquiler, especialmente en zonas tensionadas y para grandes tenedores. Te resumimos a continuación las claves más relevantes que debes tener en cuenta si eres arrendador o arrendatario.

¿Quién es considerado gran tenedor?

La Ley considera gran tenedor a la persona (física o jurídica) con más de 10 inmuebles urbanos de uso residencial o más de 1.500 m² construidos. Sin embargo, en zonas declaradas como mercado residencial tensionado, este umbral baja a 5 inmuebles.

Límites en la renta de alquiler

En zonas tensionadas, el precio del nuevo contrato no puede superar la renta de los últimos 5 años (aplicando la actualización anual). No obstante, se permite una subida de hasta el 10% en casos específicos como:

  • Rehabilitación reciente (máximo 2 años antes del contrato).
  • Obras que supongan un ahorro energético del 30% certificado.
  • Mejoras en accesibilidad realizadas en los 2 años previos.
  • Contratos de duración igual o superior a 10 años, o con prórrogas voluntarias equivalentes.

Pago y gastos del contrato

  • El pago del alquiler debe realizarse por medios electrónicos, salvo acuerdo en caso de imposibilidad técnica.
  • Los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización corren a cargo del propietario.

Rebaja obligatoria del alquiler en zonas tensionadas

La Administración podrá exigir una bajada del precio si el alquiler medio supera el 30% de los ingresos familiares o si hay escasez de oferta en la zona.

Actualización de la renta según arrendador

Entre 2023 y 2024, los límites a la actualización anual varían según el tipo de arrendador:

  • Si es gran tenedor: el incremento será el pactado o, en ausencia, limitado al Índice de Garantía de Competitividad (IGC) o al 3% en 2024.
  • Si no lo es: el incremento será el pactado o, como máximo, también del 3%.

A partir de 2025, las actualizaciones se regirán por un nuevo índice de referencia del INE, inferior al IPC, lo que reducirá la subida anual para los propietarios.

Prórrogas y desahucios

  • El inquilino podrá solicitar una prórroga extraordinaria anual de hasta 3 años.
  • En caso de desahucio de una familia vulnerable, se amplía el plazo de suspensión del lanzamiento:
    • De 1 a 2 meses (si el propietario es persona física).
    • De 3 a 4 meses (si es persona jurídica).

Novedades fiscales: IBI e IRPF

Recargo del IBI

Los Ayuntamientos podrán aplicar un recargo de hasta el 150% en el IBI para viviendas desocupadas durante más de 2 años, si el propietario tiene más de 4 inmuebles en esta situación sin causa justificada.

Cambios en el IRPF desde 2024

  • 90% de reducción en zonas tensionadas si se reduce la renta más de un 5% respecto al contrato anterior.
  • 70% si el arrendatario es joven (18-35 años), una Administración o entidad social.
  • 60% si la vivienda ha sido rehabilitada recientemente.
  • 50% con carácter general (antes era el 60%).

Esto supone un recorte fiscal para quienes no cumplan los requisitos para aplicar las nuevas bonificaciones, con una pérdida del 10% de reducción sobre el rendimiento neto.

¿Tienes dudas sobre cómo te afecta?

La Ley introduce muchas novedades que afectan directamente a la rentabilidad y obligaciones de los contratos de arrendamiento. Si eres propietario o inquilino y necesitas asesoramiento, escríbenos a consultas@gestiona.es y resolveremos todas tus dudas.

Julio Benito
Julio Benito
Director Jurídico

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