Novedades Declaración de la Renta 2015

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A continuación os dejamos un listado con las novedades de la Campaña de la Renta 2015: Los dividendos y participaciones […]

Autor: Gestiona

A continuación os dejamos un listado con las novedades de la Campaña de la Renta 2015:

  • Los dividendos y participaciones en beneficios obtenidos por la participación en los fondos propios de cualquier tipo de entidad estaban exentos con el límite de 1.500 euros anuales. Esta exención queda suprimida.
  • La exención por despido o cese del trabajador, se mantiene en los mismos términos anteriores, pero se fija como límite exento en  estas indemnizaciones  la cantidad de 180.000 euros. Esta modificación es aplicable para  despidos que se produzcan desde el 1 de agosto de 2014.
  • En el  arrendamiento de bienes inmuebles se fija una reducción única del 60% del rendimiento neto declarado derivado del arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda cuando éste sea positivo.
  • Con la nueva normativa ha desaparecido la distinción de ganancias de más de un año y de menos de un año, de forma que todas las ganancias o pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones, cualquiera que sea su periodo de generación forman parte de la base imponible del ahorro.
  • Se suprime la deducción por alquiler de la vivienda habitual, aunque de forma transitoria se mantiene para algunos arrendatarios. Para ello resultará necesario que el contribuyente hubiera tenido derecho a la deducción por alquiler de la vivienda habitual en relación con las cantidades satisfechas por dicho concepto,  en un período impositivo devengado con anterioridad a 1 de enero de 2015. Debiendo además mantener en vigor el contrato de arrendamiento y seguir  cumpliendo los requisitos de rentas máximas.
  • Se eleva el mínimo del contribuyente. Pasando de la cantidad de 5.151 a 5.550 euros.
  • Así mismo se elevan las cantidades en referencia a la edad del contribuyente. Así, cuando el contribuyente tenga una edad superior a 65 años, el importe del mínimo se aumentará en 1.150 euros anuales. Pasando de 6.069 euros a 6.700 euros con la reforma. Cuando el contribuyente tenga una edad superior a 75 años el importe del mínimo se elevará adicionalmente en 1.400 euros anuales. Pasando de 7.191 a 8.100 euros con la reforma.

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