Reducción de la Factura Fiscal de 2015

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A continuación le exponemos las medidas más importantes a disposición del contribuyente para poder reducir la factura fiscal de este […]

Autor: Gestiona

A continuación le exponemos las medidas más importantes a disposición del contribuyente para poder reducir la factura fiscal de este año 2015, que esperamos sean de su interés.

Aportaciones a Planes de Pensiones

Este año 2015, hay una reducción de la cantidad límite que se puede aportar. Ha bajado de los 10.000 euros a los 8.000 siempre que no supere el 30% de los rendimientos del trabajo y actividades económicas, independientemente de la edad.

Deducción para las viviendas adquiridas antes de 2013

Aquellas personas que compraron su vivienda habitual o realizaron algún pago para su construcción antes del 1 de enero de 2013 seguirán disfrutando de su derecho a la desgravación, pueden deducirse hasta el 15% de las cantidades invertidas, con un límite de 9.040 euros.

Bajadas de tipos impositivos en la base del ahorro

En 2016 los tipos impositivos de la base del ahorro se reducirán en medio punto porcentual. Es preferible esperar a enero para realizar una transmisión (acciones, inmuebles…).

Compensar las minusvalías con ganancias

La reforma fiscal ha eliminado los compartimentos estancos para compensar rendimientos de capital mobiliario con ganancias y pérdidas patrimoniales, se permite que los rendimientos negativos del capital mobiliario se compensen con las ganancias patrimoniales.

Planes de Ahorro

Para fomentar el ahorro a largo plazo de los pequeños ahorradores. Para ello, existen dos tipos de productos: Cuentas Individuales de Ahorro a Largo Plazo y Seguros Individuales a Largo Plazo.

Incentivos para la financiación de los “business angels”

Un año más, los amigos y familiares de tercer grado del emprendedor que quiera constituir su propia empresa tienen una recompensa fiscal. Crear nuevas sociedades incorporando a su accionariado, dentro de los tres años desde su constitución, a estos inversores que deben mantener su participación entre tres y doce años. Se fija la exención total de la plusvalía al salir de la sociedad, siempre y cuando se reinvierta en otra entidad de nueva o reciente creación. A día de hoy, esta deducción es la más potente del IRPF.

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