El nivel de alerta 4 en Castilla y León permite abrir los interiores de los bares y tanto centros comerciales como gimnasios podrán recuperar su actividad, aunque con limitaciones.
¿Cuáles son las medidas especiales de aforo para establecimientos comerciales minoristas y de servicios profesionales abiertos al público?
NIVEL DE ALERTA 4= 1/3 aforo máximo y, además, pueden adoptarse medidas excepcionales tales como la SUSPENSIÓN de la apertura al público y de la actividad.
Si el establecimiento tiene varias plantas, en todas ellas deberá guardar la misma proporción.
¿Y para academias, centros de formación y de enseñanza no reglada
NIVEL DE ALERTA 4= 1/3 aforo máximo y, además, pueden adoptarse medidas excepcionales tales como la SUSPENSIÓN de la apertura al público y de la actividad.
¿Y cuáles son las medidas especiales para negocios de hostelería y restauración?
Para el interior de los locales, se establecen las siguientes:
NIVEL DE ALERTA 4= El consumo dentro del local NO se podrá realizar en barra o de pie, y deberá realizarse en mesa o agrupaciones de mesas, no pudiendo superarse el 33% del aforo, sin perjuicio de la adopción de medidas excepcionales tales como la SUSPENSIÓN DE LA ACTIVIDAD.
* En todo caso, deberá asegurarse que se mantiene una distancia mínima entre mesas de 2 metros.
¿Y las terrazas?
Se establecen las siguientes medidas para el consumo y aforo:
NIVEL DE ALERTA 4= Aforo al 75% de las mesas permitidas en el año inmediatamente anterior, y NO se permitirá el consumo de pie. La ocupación máxima por mesa o agrupación de mesas será de 6 personas. El horario de cierre serán las 23 horas como máximo, no siendo posible aceptar nuevos clientes a partir de las 22 horas.
* En todo caso, deberá asegurarse que se mantiene una distancia mínima entre mesas de 1,5 metros.
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