Tablón Edictal Judicial Único

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Autor: Gestiona

¿Conoces cómo funciona el Tablón Edictal Judicial Único? ¿Sabes qué se puede consultar en este nuevo servicio público? Te lo explicamos a continuación.

El Tablón Edictal Judicial Único es el medio de publicación y consulta de resoluciones, comunicaciones y edictos judiciales que, por disposición legal deban fijarse en el tablón de anuncios, y para la publicación de aquellos actos de comunicación que deban ser objeto de inserción en el BOE, en el boletín oficial de la comunidad autónoma o en el de la provincia respectiva.

Sus principales objetivos son la informatización y unificación de la publicación de las resoluciones judiciales, evitando y acabando con la dispersión de la publicación de las mismas en diversos tablones y boletines oficiales.

Este Tablón es libremente accesible durante un plazo de 4 meses a través de la sede electrónica del BOE (www.boe.es), transcurrido el cual, será necesario contar con el código de verificación electrónica o CVE, que es un código alfanumérico no previsible y único, asociado al correspondiente edicto, con la finalidad de poder acceder al contenido del mismo.

El Tablón se divide en dos secciones diferentes, en las que se publicará de manera diaria:

  1. Edictos Judiciales de carácter general.
  2. Edictos Judiciales de carácter particular.

Aunque las notificaciones, resoluciones y comunicaciones procesales se publicarán en este Tablón, las personas físicas y jurídicas interesadas en recibirlas, pueden suscribirse al servicio de alertas de Mi BOE. Las notificaciones realizadas de esta manera tienen un carácter meramente orientativo, sin que en ningún momento puedan condicionar la validez y eficacia de la comunicación practicada mediante la publicación en el BOE.

La suscripción se hará previa identificación electrónica, mediante DNI-e o Cl@ve, pudiendo a partir de ese momento, acceder a la consulta de todos aquellos edictos de los que sea destinatario un NIF determinado.

Por último, mencionar que todos los servicios que se prestan desde el Tablón son gratuitos, corriendo la Agencia Estatal del Boletín Oficial del Estado con todos los gastos asociados al mismo.

Si tienes cualquier duda puedes ponerte en contacto con nosotros en la dirección consultas@gestiona.es

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