Algun ascpecto a considerar de cara al Cierre de Ejercicio

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AMORTIZACIONES:  Según el artículo 12 de la nueva Ley del Impuesto sobre Sociedades (Ley 27/2014), se introduce una nueva tabla […]

Autor: Gestiona

AMORTIZACIONES:

  •  Según el artículo 12 de la nueva Ley del Impuesto sobre Sociedades (Ley 27/2014), se introduce una nueva tabla de amortización, aplicable a partir del 01/01/2015, para los elementos del inmovilizado material, pasando de una clasificación de unos 600 elementos amortizables a 30.
  • Se elimina para los ejercicios iniciados a partir del 01/01/2015 la libertad de amortización para PYMES, de los bienes de escaso valor (valor unitario inferior a 601,01 euro para inmovilizado material nuevo). En contrapartida, se establece para todas las sociedades, la libertad de amortización para los elementos del inmovilizado material nuevos, cuyo valor unitario de adquisición sea inferior a 300,00 euros (límite global de 25.000,00 euros para un mismo periodo impositivo).

RIESGO DE DERIVACION DE RESPONSABILIDAD AL ADMINISTRADOR:

  • Las pérdidas que dejen reducido el patrimonio neto de una entidad por debajo de la mitad de su capital social, obligan al administrador a convocar Junta en la que se acuerde la restitución de la situación o la liquidación de la sociedad, y si esto se incumple, los administradores responderán solidariamente de las deudas de la sociedad.
  • La Ley permite también derivar responsabilidad solidaria a los administradores ante impagos reiterados a Seguridad Social y Hacienda.

RIESGO FINANCIERO:

  • Las entidades que presenten pérdidas durante dos o más ejercicios consecutivos, tendrán muy complicado el acceso a cualquier tipo de financiación.

SANCIONES:

  • El incumplimiento de Leyes, como la LOPD o de Prevención de Riesgos Laborales, pueden tener importantes consecuencias, entre ellas acarrear sanciones importantes.

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