A partir del día 1 de octubre los trabajadores autónomos deben realizar sus trámites por vía electrónica

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A partir del 1 de octubre entra en vigor la obligatoriedad para los trabajadores autónomos de gestionar por vía electrónica […]

Autor: Gestiona

autonomosA partir del 1 de octubre entra en vigor la obligatoriedad para los trabajadores autónomos de gestionar por vía electrónica todos los trámites relacionados con la afiliación, la cotización y la recaudación de cuotas de la Seguridad Social.

La institución ha publicado una nota oficial que recoge todos los requisitos y condicionantes que han de cumplir los trabajadores autónomos por cuenta propia. Además, en dicho documento recuerda que la Orden Ministerial fija un periodo de adaptación de seis meses, los cuales empezaron a contar el pasado 1 de marzo. Por lo tanto, la obligación será efectiva a partir del 1 de octubre de 2018 para aquellos trabajadores autónomos que en esa fecha estén dados de alta en los regímenes afectados. Os recordamos que no se efectuará notificación por correo postal sobre el nuevo comunicado de la Seguridad Social.

A partir del 1 de octubre los trámites con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) se llevarán a cabo a través dos canales:

  • El Sistema RED (Remisión Electrónica de Datos).A través de este sistema, el autorizado RED actuará en representación del trabajador autónomo. En la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS) se encuentran ubicados los servicios que permiten la gestión de la asignación o desasignación del Número de Afiliación (NAF) del trabajador autónomo a un autorizado RED.
  • La Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS). El trabajador autónomo puede realizar directamente sus trámites con la TGSS a través de diversos servicios electrónicos disponibles en la SEDESS. Algunos servicios permiten también la presentación de solicitudes por Registro Electrónico (RE).

Entre los sistemas de autentificación admitidos en la SEDESS destaca el DNI electrónico, que permite la presentación de solicitudes a través del Registro Electrónico, el certificado electrónico admitido por la Seguridad Social, y el Sistema Cl@ve, que permite el acceso al servicio de consulta y firma de Notificaciones Telemáticas mediante Cl@ve Permanente (Usuario + Contraseña) reforzado con claves de un solo uso enviadas por SMS por la Seguridad Social al teléfono móvil del ciudadano.

La nueva notificación recuerda que está a disposición de este tipo de profesionales un teléfono de apoyo para la nueva adaptación. El 901 50 20 50.

Si te encuentras en esta situación y no sabes qué hacer, ¡que no cunda el pánico!, nosotros tenemos a tu disposición profesionales expertos en la materia. Rellena el cuestionario y nos pondremos en contacto contigo lo antes posible.

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