IVA 2025: Cambios en los Tipos de IVA y Recargos de Equivalencia que impactan a empresas y autónomos

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En 2025 se restablecen los tipos de IVA y recargos de equivalencia. Conoce los cambios.

Autor: Gestiona

A partir del 1 de enero de 2025, entró en vigor una serie de modificaciones fiscales en España que afectan a los tipos de IVA y sus correspondientes recargos de equivalencia, en un contexto de normalización después de las medidas excepcionales implementadas durante la pandemia. Esta actualización fiscal es especialmente importante tanto para consumidores como para empresas, ya que afectará diversos productos y servicios de uso diario, además de traer consigo cambios en otros ámbitos económicos. En este artículo, desglosamos qué implica esta nueva normativa y cómo afectará a todos los implicados.

Tipos de IVA Restablecidos

Uno de los cambios más relevantes es el regreso a los tipos impositivos habituales para el IVA. Durante los últimos años, se adoptaron medidas temporales para reducir el impacto económico en sectores como la alimentación y los servicios turísticos. Sin embargo, a partir de enero de 2025, se restablecen los siguientes tipos:

  • Tipo general: 21%
  • Tipo reducido: 10% (aplicable a productos y servicios como alimentos básicos, transporte público, hostelería, etc.)
  • Tipo superreducido: 4% (productos esenciales como pan, leche, frutas, verduras, huevos, etc.)

Esta medida implica un aumento en el tipo de IVA aplicado a ciertos productos, especialmente aquellos que se beneficiaron de una reducción temporal en los tipos impositivos, como la alimentación y algunos servicios.

Puedes ver la actualización de todos los tipos impositivos en el IVA 2025 en el siguiente enlace:

GUÍA NUEVOS TIPOS IMPOSITIVOS

Recargos de Equivalencia: Un Cambio Importante para Comerciantes

Además de los cambios en el tipo de IVA, el sistema de recargos de equivalencia también experimenta modificaciones significativas. Estos recargos afectan a aquellos minoristas que operan sin estar obligados a presentar declaraciones periódicas de IVA. En el 2025, los recargos de equivalencia serán los siguientes:

  • Para productos gravados al 21%: el recargo de equivalencia será del 5,2%
  • Para productos gravados al 10%: el recargo será del 1,4%
  • Para productos gravados al 4%: el recargo será del 0,5%

Esto afecta principalmente a los comerciantes que venden al por menor y deben aplicar el recargo de IVA a los productos que distribuyen, sin tener que presentar declaraciones periódicas de IVA. Este cambio podría generar un aumento de costes para los comercios pequeños y medianos, que deberán ajustar sus precios para asumir estos nuevos costes.

¿Cómo afecta esta actualización a las empresas y autónomos?

Las empresas, especialmente las pequeñas y medianas, deberán ajustar sus sistemas contables y facturación para adaptarse a estos cambios. Los autónomos también tienen que estar atentos a los nuevos tipos de IVA aplicables a sus productos y servicios. Además, tendrán que revisar cómo el recargo de equivalencia influye en sus márgenes de beneficio, y ajustar sus precios en consecuencia.

En Gestiona, estamos listos para ayudarte a adaptarte a estos nuevos ajustes fiscales. Si necesitas orientación sobre cómo impactan estos cambios en tu empresa o sector, nuestro equipo de asesores está disponible para brindarte todo el apoyo necesario.

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