Convocadas las subvenciones para financiar proyectos de aceleración de las empresas culturales y creativas de Castilla y León

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Autor: Gestiona

La Junta de Castilla y León ha publicado la convocatoria de las subvenciones destinadas a financiar proyectos de aceleración de las empresas culturales y creativas de la Comunidad, buscando acelerar el crecimiento del tejido empresarial del sector; impulsar su transformación digital, incorporar nuevas tecnologías y mejorar su acceso a la financiación.

Convocadas las subvenciones para financiar proyectos de aceleración de las empresas culturales y creativas de Castilla y León

¿Quiénes las pueden solicitar?

  • Empresas privadas que tengan la condición de microempresas o PYMES, de acuerdo con el artículo 2 del Anexo I del Reglamento (UE) 651/2014, de la Comisión Europea, de 17 de junio.
  • Personas físicas que manifiesten su compromiso de constituirse como empresas o autónomos del ámbito de actividad especificado con sede social o domicilio fiscal en Castilla y León.

¿Qué requisitos deben cumplir las PYMES?

Las PYMES que soliciten esta clase de subvenciones deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Domicilio fiscal o sede social en Castilla y León.
  • Pertenecer a las ICC (Industrias Culturales y Creativas), en concreto, al ámbito de las artes escénicas, visuales y audiovisuales, música y cultura digital y editorial.

¿Qué proyectos o actuaciones son subvencionables?

Las presentes subvenciones se dividen en dos líneas de actuación diferentes:

  • Línea de Actuación 1. Contratación de servicios de aceleración del crecimiento de empresas culturales y creativas (programas de formación, servicios de mentoría, consultoría y asistencia técnica externa)
  • Línea de Actuación 2. Realización de inversiones de capital vinculadas o que sean consecuencia de los servicios recibidos conforme a la Línea de Actuación 1, permitiendo a las empresas desarrollar su potencial de crecimiento (activos fijos materiales, equipamientos, aplicaciones informáticas)

Todo proyecto o actuación deberá contener servicios de la Línea de Actuación 1 e inversiones de la Línea de Actuación 2.

¿Qué plazo de ejecución tienen los proyectos o actuaciones?

Los proyectos o actuaciones subvencionables, así como los correspondientes gastos, deberán haberse realizado en el período comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de agosto de 2023, ambos inclusive.

¿Qué gastos se subvencionan?

Para cada Línea de Actuación anteriormente descrita se recogen los siguientes gastos:

  • Línea de Actuación 1. Gastos de contratación de servicios para la aceleración del crecimiento de las empresas culturales y creativas (programas de formación, servicios de incubación, consultoría y asistencia técnica externa)
  • Línea de Actuación 2. Gastos de inversión vinculados o que sean consecuencia de los servicios de la Línea 1 (inversión en activos fijos materiales, equipamientos, reforma o acondicionamiento de inmuebles)

¿Cuál es la cuantía de la subvención?

La cuantía máxima subvencionable será del 80% del importe total del proyecto, siendo el límite máximo de la subvención la cantidad de 100.000 euros y el límite mínimo de 20.000 euros, que se distribuirán de la siguiente manera:

  • Línea de Actuación 1. Máximo de 000 euros y mínimo de 6.000 euros. En todo caso, la cuantía deberá estar entre un 30%-35% del total concedido.
  • Línea de Actuación 2. Máximo de 000 euros y mínimo de 14.000 euros. La cuantía deberá estar entre un 65%-70% del total concedido.

Serán subvencionables, además, aquellos proyectos que cumplan estas dos condiciones:

  • El presupuesto total del proyecto debe alcanzar un mínimo de 25.000 euros.
  • La puntuación mínima exigida para que se subvencione el proyecto es de 40 puntos.

¿Cuándo podré cobrarla?

El pago se efectuará una vez que haya sido justificada por el beneficiario la realización de la actividad para la que se concedió, mediante el ingreso en la cuenta corriente señalada al efecto por parte del interesado.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

El plazo para solicitar las solicitudes referidas a estas subvenciones se extiende desde el 23 de enero de 2023 hasta el 6 de febrero de 2023.

Si necesitas ayuda, contacta con nosotros en consultas@gestiona.es

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