Interrupciones y pausas entre el inicio y la finalización de la jornada laboral

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Autor: Gestiona

La Inspección de Trabajo ha publicado un nuevo criterio técnico que tiene por objeto fijar los criterios a adoptar en las actuaciones inspectoras en relación con las disposiciones relativas al registro de la jornada de trabajo. Los criterios están referidos a los contratos a tiempo completo. Establece que el sistema de registro debe ser fiable y veraz, objetivo, debe garantizar la no alteración a posteriori de los datos y respetar la normativa sobre protección de datos.

Son tiempo de trabajo
(computan en la jornada diaria)
No son tiempo de trabajo
(no computan en la jornada diaria)
  • el de los reconocimientos médicos obligatorios;
  • el descanso de bocadillo cuando haya sido reconocido como tiempo de trabajo efectivo en el contrato de trabajo, en convenio colectivo o venga siendo permitido por la empresa;
  • el tiempo de inactividad no imputable al trabajador;
  • permisos retribuidos;
  • tiempo destinado a la formación, si es consecuencia de las modificaciones técnicas en su puesto de trabajo;
  • realización de funciones sindicales;
  • el desplazamiento desde el centro de trabajo a distinto lugar donde se ordene la prestación de servicios, y su regreso;
  • ​en caso de trabajadores que carecen de centro de trabajo, el desplazamiento del domicilio del trabajador y los centros del primer y del último cliente;
  • tiempo empleado en colocarse los preceptivos equipos de protección individual;
  • tiempo empleado en recoger el uniforme.
  • tiempo dedicado a actividades deportivas con clientes de carácter voluntario organizadas por la empresa fuera de la jornada laboral;
  •  tiempo empleado en entregar y recoger el arma (vigilante de seguridad);
  • guardia domiciliaria o en centro cuando no puede realizarse otra actividad.
  • desplazamiento al comedor de la empresa; -tiempo de mera presencia;
  • tiempos de acceso y salida del trabajo;
  • pausa de café​/tiempo de bocadillo, salvo que se considere tiempo de trabajo;
  • tiempos de aseo y cambio de ropa;
  • tiempos empleados en el transporte al centro de trabajo;
  • tiempo necesario para fichar;
  • tiempos de desplazamiento desde los garajes donde se han de recoger los vehículos de la empresa al centro de trabajo;
  • el tiempo empleado en el desplazamiento desde la sede social de la empresa hasta los lugares donde efectivamente se producen las obras;
  • permisos por asuntos propios cuando su disfrute exige, para alcanzar el cómputo anual de la jornada convencional, la recuperación de las horas de ausencia);
  • el tiempo (15/20′) que en el cambio de turno se invierten en transmitir la información necesaria sobre la situación de los pacientes
  • guardia localizable si no debe llegar pronto al punto de encuentro.

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