Aunque la intención de la Agencia Tributaría era adelantar la presentación del modelo 347 para el mes de enero, finalmente se ha publicado hace unos días la Orden HAC/1148/2018, de 18 de octubre, donde queda establecido el plazo de presentación para el mes de febrero de cada año en relación con las operaciones realizadas durante el año natural anterior.
El Modelo 347 es una declaración anual informativa de operaciones con terceras personas. Los empresarios y profesionales están obligados a la presentación de este modelo siempre que hayan realizado operaciones con terceros por importe superior a 3.005,06 euros durante el año natural, computando de forma separada las entregas y las adquisiciones de bienes y servicios.
También están obligados las entidades o establecimientos de carácter social y las comunidades de propietarios por las adquisiciones de bienes y servicios que efectúen al margen de actividad empresarial o profesional cuando su importe haya superado 3.005,06 € (excluido suministro de agua, energía eléctrica, combustible y seguros).
No están obligados a presentar el modelo 347, todos aquellos casos en los que se ha aportado esta información por medio de otras declaraciones informativas (modelo 190, modelo 349 …etc..), así como:
- Las personas físicas y entidades en atribución de rentas en el IRPF, por las actividades que tributen en el IRPF en estimación objetiva (módulos) y en el IVA simultáneamente por el régimen simplificado, de la agricultura, ganadería y pesca o del recargo de equivalencia. Salvo por las operaciones excluidas de dichos regímenes o por las operaciones por las que emitan factura.
- Quienes hayan realizado exclusivamente operaciones no sometidas al deber de declaración.
- Quienes deban informar sobre las operaciones incluidas en los libros registro del IVA.
- Quienes realicen en España actividades empresariales o profesionales sin tener en territorio español la sede de su actividad económica.
- Quienes estén obligados a llevar los Libros registro de IVA a través de la sede electrónica de la AEAT mediante el Suministro Inmediato de Información (SII).
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