El Servicio Público de Empleo de Castilla y León ha convocado las subvenciones destinadas a fomentar los contratos de formación en alternancia en el territorio de Castilla y León.
¿Quiénes las pueden solicitar?
– Autónomos.
– PYMES.
¿Qué gastos se subvencionan?
– La celebración de contratos de formación en alternancia a tiempo completo, celebrados entre el 3 de octubre de 2023 y el 15 de octubre de 2024, ambos inclusive.
Requisitos de los contratos
– Deben celebrarse para la prestación de servicios en centros de trabajo radicados en Castilla y León.
– Deben tener una duración mínima de 2 años. Su incumplimiento conllevará el reintegro total de la subvención percibida, incrementada, en su caso, con el interés de demora correspondiente.
– Deben formalizarse por escrito y ser comunicados a la oficina pública de empleo.
No serán subvencionables:
– Las contrataciones formalizadas con los socios o miembros de las sociedades mercantiles, comunidades de bienes u otras entidades solicitantes, ni con los socios o miembros de las sociedades pertenecientes al mismo grupo de empresas que la sociedad mercantil solicitante, ni con quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración, gobierno o representación en dichas sociedades o entidades.
– Las contrataciones que se formalicen con le cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el segundo grado inclusive, del empresario individual, de los socios de las sociedades mercantiles o entidades solicitantes, de los socios de las sociedades pertenecientes al mismo grupo de empresas que la sociedad mercantil solicitante, o de quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración, gobierno o representación en dichas sociedades o entidades solicitantes.
– Las contrataciones formalizadas al amparo de una relación laboral de carácter especial.
¿Cuál es la cuantía de la subvención?
– Los contratos de formación en alternancia formalizados a jornada completa se subvencionarán con 3.500 euros.
¿Cuándo podré cobrarla?
– El pago de la subvención se realizará de una sola vez, mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por el beneficiario, previa comprobación por el órgano concedente del cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria, y una vez dictada la resolución de concesión.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
– Desde el 1 de octubre de 2024 hasta el 31 de octubre de 2024.
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