Ya se ha habilitado, por la Agencia Tributaria, el procedimiento para solicitar la devolución del IRPF por maternidad y paternidad. Desde el 3 de diciembre de 2018, y durante todo el mes, se puede solicitar la correspondiente a los ejercicios 2014 y 2015, y durante el mes de enero de 2019 la correspondiente a los ejercicios 2016 y 2017.
Se podrá solicitar la devolución de dos formas:
- De forma online, a través de la web de la agencia tributaria, (pinchando en “Solicitud telemática”), a la cual se puede acceder con certificado digital, por clave PIN o por el número de referencia de la declaración;
- En papel, rellenando el formulario, que también se puede encontrar en dicha web, (pinchando en “Otros trámites”) y presentándolo en cualquier oficina de registro de la AEAT.
La agencia tributaria estima que las devoluciones oscilan entre los 1.600 euros por maternidad y 383 euros por paternidad.
En la solicitud de reclamación de las cantidades, únicamente se deberá aportar el nombre y apellidos, año en el que recibieron la prestación y un número de cuenta bancaria.
Desde Gestiona podemos ayudarte a realizar dichas gestiones y a recuperar la cantidad pagada de más. El importe concreto depende de cada persona y su situación personal, teniendo en cuenta el carácter progresivo del IRPF, por lo que debe ser objeto de estudio individualizado.