Se reduce el límite máximo para los pagos en efectivo a 1.000 €

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El día 11 de julio de 2021 ha entrado en vigor la modificación del art. 7 de la Ley 7/2012, […]

Autor: Gestiona

El día 11 de julio de 2021 ha entrado en vigor la modificación del art. 7 de la Ley 7/2012, que regula las limitaciones a los pagos en efectivo (que incluye los cheques al portador), cuando alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional.

Hasta este momento, el límite máximo para pagar en efectivo estaba establecido en 2.500 €. A partir de esta fecha, dicho límite se reduce, en general, a 1.000 € (o su contravalor en moneda extranjera).

Aunque no se ha modificado, sí conviene recordar que no se puede fraccionar una misma operación para saltarse el límite, y que en pagos que exceden del límite se deben conservar los justificantes de pago durante el plazo de 5 años, para acreditar que el pago se efectuó por un medio diferente al pago en efectivo.

El incumplimiento del límite constituye una infracción administrativa y serán infractores tanto el pagador como el receptor, de forma solidaria. La sanción será una multa del 25% de la cantidad pagada en efectivo.

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